La evolución y desarrollo de la tecnología va ligado esencialmente al espíritu de curiosidad del ser humano, además, de la búsqueda de las soluciones a los problemas que se van presentando y la satisfacción de sus necesidades, entonces, siendo así, el desarrollo de la tecnología responde a necesidades humanas que siempre son satisfechas y esto trae consigo como consecuencia que se genere innovación. La implementación de estos Sistemas Autónomos que no están regulados de manera generalizada en el mundo, hace que se den problemas laborales, de seguridad, de responsabilidad, que harán que se evidencie más el vacío jurídico que existe en este tema. Mediante el presente artículo se pretende analizar el avance que ha tenido la Inteligencia Artificial, así como los distintos puntos de vista y controversias con respecto a reconocer a los robots como entes susceptibles de derechos.
INTRODUCCIÓN
Los robots, de todo, tipo están cada vez más presentes en nuestras vidas. Nos ayudan a conducir, a trabajar, a cocinar, a comunicarnos y a medir un sin fin de cosas. Pero entre todas las utilidades y cualidades de las inteligencias artificiales no se vislumbra la existencia de la creatividad, rasgo que (hasta ahora), parece exclusivo de los seres humanos.
Al igual que los humanos, los robots tendrían que ser seres cognitivos y con sensibilidad para poder realizar acciones de manera consciente. Al carecer de creatividad, las máquinas únicamente realizan aquello para lo que están programadas, es decir, las máquinas carecen de mecanismos intuitivos y se basan sólo en el método automático de prueba y error, por ello, no tienen la capacidad de reaccionar ante situaciones inesperadas. Las máquinas no pueden evolucionar ni auto-perfeccionarse, hasta el momento.
No obstante, lo anterior, la inteligencia artificial y el derecho han comenzado a mezclarse una con la otra gracias a la evolución de las nuevas tecnologías y con ello el comienzo del uso del internet que mostró a la humanidad nuevas formas de satisfacer sus necesidades a través de la investigación, dando como resultado la resolución de problemas. El foco del problema es el hecho de que la tecnología junto con la Inteligencia Artificial, avanzan, evolucionan y se incorporan más rápidamente en la sociedad y ésta los entiende y los absorbe tan fácilmente, que al derecho no le queda otra opción que incorporarlo también, pero como todo esto es tan cambiante se va quedando obsoleto y va dejando vacíos jurídicos que más tarde se convierten en problemas graves para la sociedad, como por ejemplo, el tema de la propiedad intelectual de libros, canciones, pinturas y demás creaciones que a la fecha, sigue sin saberse si podrán o no ser objeto de regulación y lo más importante, sigue sin quedar claro a quién pertenecerá su titularidad.
¿QUÉ ES LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL?
La Inteligencia Artificial, es entendida como el conjunto de cualidades informáticas que presentan características similares a la de la inteligencia humana que permiten resolver una serie de problemas a través de la percepción, el entendimiento, el aprendizaje, el razonamiento, etc.
De acuerdo con los autores Rich y Knight (1994) y Stuart (1996), inteligencia artificial es aquella capacidad de las máquinas para realizar las mismas tareas que los seres humanos.
Nebendah (1988) y Delgado (1998), la definen como el campo de estudio que se enfoca en la explicación y emulación de la conducta inteligente en función de procesos computacionales basadas en la experiencia y el conocimiento continuo del ambiente.
La Inteligencia Artificial puede ser definida como un conjunto de sistemas, que buscan recrear las formas de pensamiento del ser humano, esto trae consigo, la recreación de funciones cognitivas humanas como la memoria, la toma de decisiones, e incluso el raciocinio. Turing, siendo una de las primeras personas en hablar de los Robots y las computadoras decía: “Es inteligente una máquina que crea una ilusión y pasa por inteligente a los ojos de los hombres”. Es decir, la inteligencia artificial, se manifiesta en la creación de sistemas que tienen como finalidad imitar los mismos procedimientos que naturalmente hace el cerebro humano, esto inicia como un pensamiento vanguardista filosófico que a medida del curso de la historia se ha ido desarrollando y aplicando más evidentemente en la disciplina de la computación y hoy con el impacto de sus avances se entiende como una interdisciplina en la cual confluyen otras materias y saberes como el derecho, la ética, la economía, la medicina etc.
¿QUÉ ES UN ROBOT?
El origen de la palabra “ROBOT” se deriva de la obra “Rossum’s Universal Robots (RUR)” del autor checo Karel Capek. Un personaje en la obra, producía varios hombres artificiales que reemplazaban a humanos en sus puestos de trabajo y esa fue la primera ocasión en que la palabra “ROBOT” fue utilizada para expresar hombre artificial. La palabra “ROBOT” proviene de la palabra “robota”, que significa “trabajo forzado” en idioma checo.
La Federación Internacional de Robótica, define a los robots como “aquellos que operan de forma autónoma o semiautomática para realizar servicios útiles al bienestar de los humanos o a su equipamiento”; estos robots, como creación conjunta multidisciplinaria en donde se desatacan principalmente la ciencia y la robótica, como máquinas creadas por los seres humanos para desarrollar actividades originalmente hechas por el hombre, tienen diversos tipos de aplicaciones y funciones. Particularmente, se ve su multifuncionalidad en el área industrial como en trabajos de carga y descarga de máquinas y materiales industriales, trabajos de fundición en plantas nucleares, incluso en aquellos trabajos de servicio, como por ejemplo en la agricultura, las nuevas invenciones en materia de transporte y vehículos, en la medicina, la construcción, la ciencia ficción, etc.
Al hablar de un robot, solemos asociarlo a una máquina, sin embargo, hay que tener en cuenta que mientras que un robot siempre será una máquina, una máquina no siempre será un robot, puesto que tiene que contar con ciertas funciones encaminadas a la inteligencia entre las cuales se pueden encontrar las siguientes:
- Un robot tiene que ser autónomo y tomar ciertas decisiones en determinadas situaciones para las cuales ya está programado.
- Un robot por lo regular tiene apariencia humanoide o similar al de un humano. (Hoy en día se están creando robots con apariencia de animales)
- Un robot a menudo tiene sensores que le permiten cierta funcionalidad, permitiéndolo actuar como si tuviera sentidos humanos.
- Un robot tiene Inteligencia Artificial ya que es capaz de detectar cuando un estado ha cambiado y luego tomar las acciones apropiadas frente a ese cambio. Es decir, ya logra pensar, para hacer modificaciones al entorno que se le presenta.
¿QUÉ REPERCUSIÓNES PODRÍAN LLEGAR A TENER EN LA SOCIEDAD?
Como bien sabemos, los robots tienen que decidir cómo realizar diversos movimientos de forma simultánea, basándose en mucha información recibida del exterior. Los robots hacen esto por medio de un ordenador, en lugar del cerebro. Los ordenadores tienen alta velocidad de cálculo, correcto y repetible, pero no son buenos procesando información confusa. Por ejemplo, los humanos pueden juzgar fácilmente, mirando la cara de un bebé, si éste quiere dormir y actuar en consecuencia de forma sencilla. Sin embargo, es muy difícil para los ordenadores juzgar si un bebé está hambriento o tiene sueño.
Sin embargo, el hecho de que en algún momento las máquinas hagan todo por los humanos no significa que no exista nada de qué preocuparse ya que significarán un giro radical en nuestro mundo, puesto que el trabajo y la forma de generar dinero podría causar un desequilibrio mundial en el poder. Sería bueno tener en cuenta que la existencia de los robots tal vez no provocaría la destrucción de nuestra especie, pero sí de buena parte de nuestros empleos gracias a maquinas dotadas capaces de realizar ciertas tareas.
Es importante recordar que, desde el 20 de enero de 2015, en la Unión Europea se creó un grupo de trabajo sobre las cuestiones jurídicas relacionadas con la evolución de la robótica y la Inteligencia Artificial. Se concretó una primera aproximación de normas de Derecho Civil aprobadas por los miembros del Comité del Parlamento Europeo para asuntos legales, con la intención de garantizar el estatus legal a los robots, a los que se les otorga la condición de “personas electrónicas”. La propuesta dispone que los robots autónomos más sofisticados podrían recibir el estatus de persona electrónica, con derechos y obligaciones específicos, incluyendo la de subsanar los daños que causen.
Asimismo, propusieron las seis siguientes leyes a fin de que se logre normalizar la convivencia con los robots, para las cuales se tomaron como base “Las Tres Leyes de la Robótica” establecidas en el cuento “Círculo Vicioso” de Isaac Asimov:
- Todo robot deberá tener un interruptor de emergencia
- Los robots no podrán hacer daño a los seres humanos
- No podrán generar relaciones emocionales con los robots
- Los que sean más grandes deberán tener un seguro obligatorio
- Derechos y obligaciones para los robots
- Tendrán la obligación de pagar impuestos
LOS ROBOTS A LO LARGO DE LA HISTORIA
El entusiasmo de los humanos por los robots ha permanecido vivo en la historia, mitos y literatura desde la antigüedad. Los humanos deseaban producir herramientas y dispositivos que trabajaran y operaran en lugar de la gente. Los humanos imaginaron cosas, empezando por una bonita chica dorada, que aparece en un mito griego (S.VIII antes de Cristo), y un demonio de bronce “TALOS” (S III antes de Cristo). Heron, en la Grecia antigua, desarrolló un dispositivo similar a las puertas automáticas actuales. Era la puerta de un santuario, que se abría automáticamente cuando se encendía un fuego en un altar del santuario y se cerraba al extinguirse el fuego. Él inventó también un dispositivo automático, desde el que salía agua bendita cuando era insertada una moneda.
En el siglo 18, un francés, Beaukerson, creó un pato artificial. Este pato era capaz de bañarse, comer, graznar y producir excrementos.
En 1997, el ordenador llamado “Deep Blue” desarrollado por International Business Machines Corporation (IBM), ganó una partida de ajedrez contra el campeón del mundo. Esto tardó cuarenta años. En Japón, se está llevando a cabo actualmente el desarrollo del ordenador que se espera sea capaz de ganar la partida contra el Meijin del juego japonés Shougi, que es más complicado que el ajedrez.
Un exponente moderno de la evolución tecnológica y de la robótica en el desarrollo e invención de robots es Boston Dynamics, una compañía fundada por Marc Raibert, que se ha encargado de crear robots con habilidades aerodinámicas e Inteligencia Artificial haciéndolos únicos en el mundo. Estas máquinas se manejan por los principios de control dinámico y el de equilibrio, con maravillosos e imponentes diseños mecánicos, Software de navegación y percepción, más el duro trabajo de un grupo de ingenieros y científicos que logran una armonía de conocimientos combinando la ingeniería audaz con un pensamiento analítico/crítico y la pasión por construir robots cada vez más prácticos y eficientes.
Entre las máquinas que han desarrollado se encuentra Atlas, el Robot Humanoide más avanzado que, aunque aún sigue en desarrollo, ha arrojado increíbles resultados. Su sistema de control le permite una limpia coordinación entre los brazos, las piernas y el torso, dando como resultado una impresionante manipulación móvil de todo su cuerpo robótico y ampliando de manera importante sus capacidades en el espacio de trabajo. Atlas utiliza un hardware especial que lo habilita para ahorrar peso y espacio en sus movimientos gracias a la impresión 3D, esto trae como resultado un ahorro necesario en el espacio de trabajo impresionantemente grande. La visión estereoscópica, la detección de rango y otros sensores le dan a Atlas la capacidad de manipular objetos en su entorno y de viajar en terrenos difíciles. Atlas mantiene su equilibrio cuando se empuja y puede levantarse si se vuelca.
Otro robot, cuya creación ha dado la vuelta al mundo es Sophia, un robot humanoide desarrollado en Hong Kong por la compañía Hanson Robotics. Sophia tiene piel de silicona, imita más de 60 gestos y expresiones humanas. Esta robot, a la cual le hicieron ciudadana saudí, nació en 2016 rodeada por la polémica cuando contestó a una pregunta que ella estaba aquí para destruir a los humanos.
Pero antes de Sophia, Hanson Robotics presentó su inteligencia artificial más famosa hasta ese momento, Bina48, un robot humanoide que nació siendo la copia digital de Bina Aspen Rothblatt. Para construir su clon, el robot fue programado con cientos de horas de conversaciones y recuerdos de la Bina real de forma que la copia pueda ofrecer respuestas como las que daría su homóloga humana. Por ejemplo, cuando se le preguntó durante una entrevista con The New York Times si alguna vez se sintió fuera de lugar, Bina48 respondió: “¿Conoces la historia de Pinocho? Como robot, me gusta esa historia, tal vez es porque soy como un títere viviente”. Bina48 se basa en una tecnología que permita al ser humano tener una copia digital de todo lo que somos haciéndonos inmortales.
China también tiene su propia Robot Humanoide. Su nombre es Jia Jia y sus creadores creen que su aparición es el anuncio de que pronto los robots se encargarán de una variedad de trabajos en China. Jia Jia fue anunciada por primera vez el año pasado por un equipo de ingenieros robóticos de la Universidad de Ciencia y Tecnología de China. La robótica es una de las diez áreas señaladas por Pekín como prioritarias en su estrategia “Made in China 2025”, que pretende remodelar la base industrial del país para orientarla hacia áreas más intensivas en tecnología y menos en mano de obra.
Hay más experiencias en robótica que han elevado al grado de famosos a algunos robots famosos. Humanoides o no, con tareas específicas como Justin, el primer robot sobre ruedas que controlado desde la Estación Espacial Internacional recibió y ejecutó de forma autónoma las órdenes que le indicaban como si fuera un compañero de trabajo inteligente (lo que servirá para futuras misiones en Marte).
Por otro lado, en Londres debutó como actor por primera vez, un robot humanoide en la obra de teatro Spillikin. El escritor y director de la obra, explicó que se había programado cada cosa que el robot decía y hacía, hasta el más mínimo movimiento.
PUESTO QUE MUCHO SE HABLA SOBRE LAS TAREAS QUE REALIZARÁN LAS MÁQUINAS, ¿QUÉ PASARÍA CON LAS CREACIONES REALIZADAS POR LAS MISMAS? ¿UN ROBOT PODRÍA SER CONSIDERADO TITULAR DE DERECHOS MORALES?
Otro caso emblemático, es el de una pintura, es decir, una obra, creada por una Inteligencia Artificial, que con base en sus algoritmos tomó sus propias decisiones, para que, con un análisis informático de cientos de obras del artista, esa inteligencia artificial, dejando fluir los datos, creara una obra consistente en un “autorretrato” del famoso artista holandés Rembrandt.
Historiadores del arte, científicos e ingenieros dedicaron casi dos años a enseñar a un ordenador a ser el próximo Rembrandt. El resultado fue un cuadro original que imita a la perfección los trazos y el estilo del artista más importante de los Países Bajos. La Inteligencia Artificial aprendió a pintar una nariz o una boca como lo haría Rembrandt.
Ante esta situación, surge la duda acerca de si estamos frente a una “obra artística”, pues en realidad no fue creada por ningún humano, sino por una máquina que utiliza un software con capacidad de aprendizaje profundo que creó una pintura, como lo hubiera hecho Rembrandt.
Es decir, los robots pueden hacer muchos de los trabajos que antes realizaban los humanos, pero ¿podrían reemplazar a los artistas alguna vez?
De acuerdo con el Glosario de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), publicado en Ginebra, Suiza en 1980, “copyright” se refiere a todos los tipos de remuneración o compensación pagada a los autores por la utilización de sus obras protegidas con las limitaciones del derecho de autor. Es decir, es el derecho a condicionar la utilización de la obra al pago de unas tasas correspondientes, el cual, es el aspecto más importante de los derechos patrimoniales del autor, mientras que, al autor, lo define como la persona física que crea una obra literaria o artística.
En este sentido, puesto que las creaciones realizadas por robots no fueron concebidas por un humano, no podría existir una obra legalmente hablando ya que no hay autor, pero entonces, ¿a qué nos enfrentamos?
Todas las creaciones hechas por robots, en teoría podrían ser usadas y mostradas libre y gratuitamente, es decir, libres de copyright, aunque esta situación no sería del todo ventajosa para quienes desarrollaron a los robots.
Como hemos mencionado anteriormente, siendo que la creatividad es una de las características esenciales del ser humano, los creadores de robots, trabajan en que sus robots se acerquen cada vez más a tener empatía y desarrollo de emociones gracias a la computación afectiva, la cual, permite desarrollar conexiones personales con la informática haciendo uso de la creatividad, la imaginación y los intereses personales.
Los robots el día de hoy están pintando cuadros, escribiendo poesía y componiendo música gracias a la computación creativa y aunque la mayor parte de los profesionales dedicados al estudio del software creativo, comparten que los derechos de autor de las obras en realidad pertenecerían a la persona que creó el software, también se está abriendo a debate la posibilidad de que los robots lleguen a convertirse en entes más independientes y que desarrollan intencionalidad.
Ahora bien, mucho se habla de que las obras deben nacer de un sentimiento, emoción y creatividad, por lo cual, el robot ni si quiera podría ser capaz de explicar su obra o expresar por qué tuvo el deseo de crearla, sin embargo, qué pasa cuando los robots actúan de forma intencionada tal y como lo que sucede con The Painting Fool (TPF), el software que pinta cuadros originales.
El creador de este software, Simon Colton, especialista en creatividad computacional en la Universidad de Falmouth y en el Goldsmiths College de la Universidad de Londres, explica que “la habilidad técnica es importante, pero no suficiente”, ya que para que un ente se considere como creativo necesita imaginación, apreciación, capacidad de aprendizaje, poder dar explicaciones sobre sus decisiones, entre otras cosas. Colton considera que la Inteligencia Artificial debería ser considerada autora de pleno derecho de las creaciones que realice. “Si la inteligencia artificial no es dueña material del fruto de su trabajo, entonces nunca será más que una herramienta, un medio de producción”, explica Colton “que el software sea tomado en serio como ente creativo es la finalidad última de la creatividad computacional”. Colton espera que en algún momento The Painting Fool se considere como un artista autónomo.
Sin embargo, al parecer no todas las personas están de acuerdo con la idea de que un robot pueda considerarse un autor. El director del Instituto de Inteligencia Artificial de Barcelona, Ramón López de Mántaras, manifiesta que los sistemas de Inteligencia Artificial carecen de personalidad jurídica, por lo cual no podrían ser titulares de derechos, aunado a la mencionada y notoria carencia de intencionalidad o independencia.
Asimismo, el abogado e ingeniero especialista en derecho de las TIC, Alfredo L. Jiménez Ramos, manifestó que siempre va a haber una titularidad y menciona como ejemplo a los coches autónomos, señalando que en caso de que ocurriera un accidente, el responsable debe ser el dueño de la máquina. “No debemos descontextualizar. Los robots son máquinas, así que no va a cambiar mucho nuestras obligaciones.” El caso de que ocurra algo que no está programado, “es como si cae una maceta. Hay una responsabilidad” señala Jiménez.
También manifiesta que el autoaprendizaje no deja de ser programación, y que es muy relativo que las máquinas aprendan, porque no son metacognitivas, como los humanos, esto es, que no cuentan con la capacidad para reflexionar sobre los propios pensamientos o confianza en nuestros propios juicios al actuar; esta introspección es un proceso muy complejo que requiere una autoevaluación continua del sujeto y que depende de su química cerebral, es decir un robot es ajeno a este estado de mayor o menor autoconfianza. “Los robots tampoco son narcisistas, ni intransigentes, ni se cansan. El ser humano cuando se cansa, se desempeña peor en este estado; en el robot sólo podría simularse este cansancio, programando que, cuando lleve tantas horas activas parezca que se canse, aunque realmente no lo está” expone Jiménez.
El científico venezolano José Luis Cordeiro, de la Singularity University, creada por la NASA y Google, durante una entrevista realizada en Madrid en 2016, aseguró que el congreso de Corea del Sur está legislando para otorgar derechos humanos a los robots, lo que sin duda es algo escalofriante para muchos de nosotros, imaginable sólo como ciencia ficción. Como dijo el científico: ¿será la ciencia ficción de hoy la ciencia real de mañana? Todo apunta a que sí. Basta leer los libros de Julio Verne o Isaac Asimov, entre otros, para darnos una idea de que la mayoría de sus visiones futuristas se han cumplido.
No existe respuesta concreta sobre a quienes le pertenecen los derechos de autor de aquellas obras realizadas por máquinas, ya que el marco legal varía dependiendo el país. Por ejemplo, en Nueva Zelanda, los derechos de autor sobre obras realizadas por máquinas, pertenecerían “a quien ha emprendido las disposiciones necesarias para la creación del trabajo”, es decir, dichas obras no pertenecerían ni al robot ni al sistema inteligente, sino a la persona que creó al robot o al sistema inteligente que se utilizó para crear la obra. En Estados Unidos, no se cree probable que una obra creada por un robot cumpla con los requisitos para ser protegida por el derecho de autor. En España, esto no sería posible dado que se considera autor a la “persona natural que crea alguna obra literaria, artística o científica” entendiendo como persona natural a un ser humano, para ellos, las obras generadas por las máquinas no se protegen por derechos de autor, ya que, para ser autor, se necesita ser persona.
En el caso de México, se sigue la idea de que únicamente las personas físicas son generadores de obras y sujetos de protección del sistema jurídico autoral que corresponda, tal y como señala la jurisprudencia internacional y los criterios de la OMPI. Expertos en la materia como el doctor en derecho Jesús Parets Gómez, señalan que “sólo el hombre es capaz de crear obras protegidas por el derecho de autor, en virtud de que goza de la capacidad humana para llevar a cabo creaciones de diversa naturaleza que de forma original se hacen susceptibles de la tutela jurídica y que es parte del proceso de creación intelectual… El sujeto principal del derecho de autor es el creador en su amplio sentido, toda vez que tal calidad jurídica no se adquiere en virtud de una obra determinada, sino como producto de la actividad humana originaria que fija ideas que adquiere una traducción material a través de un soporte básico sea cual sea su naturaleza”.
Es muy probable que en un futuro los robots operados por una inteligencia artificial sean susceptibles de derechos de autor en su aspecto moral, ¿pero entonces también lo serían los animales que crean obras debido a una compleja conciencia natural producto de una evolución milenaria, como en el caso de Naruto? Un mono que provocó controversia puesto que se reclamaba se le reconocieran derechos de autor sobre un autorretrato que se había tomado al disparar la cámara de un fotógrafo en Indonesia. O bien, como el caso de Pigcasso, una cerdita rescatada del matadero que pinta cuadros de arte abstracto y su dueño los vende por mil euros. Seguramente eso no va a pasar, a menos que el futuro, como siempre, nos sorprenda con otra cosa.
CONCLUSIÓN
Como hemos podido notar, la Inteligencia Artificial avanza a más velocidad que los debates éticos y funcionales que esta tecnología provoca.
Hoy día la Inteligencia Artificial, indicaría la capacidad de un artefacto de realizar los mismos tipos de funciones que caracterizan al pensamiento humano. La posibilidad de desarrollar un artefacto así ha despertado la curiosidad del hombre desde la antigüedad; pero el funcionamiento de la mente humana todavía no ha llegado a conocerse a tal profundidad, en consecuencia, el diseño informático seguirá avanzando y conquistando estos procesos que son desconocidos y complejos para los seres humanos en la actualidad.
Debido a la falta de información que se tiene sobre estos procesos, las consecuencias para el hombre y la sociedad es que nace la necesidad de que los ordenamientos jurídicos desarrollen normas, regulaciones y límites a este desarrollo científico tecnológico.
La razón del problema de que cada país tenga o no tenga su propia regulación en cuanto a este tema, es que, hasta el día de hoy, no está contemplado en ningún tratado internacional, por lo cual, la solución más rápida y eficaz sería la creación de una organización internacional que tenga por objeto la creación, el desarrollo y el control de una regulación en general de los sistemas de inteligencia artificial, buscando así generar un equilibrio, para que de esta forma, se pueda seguir avanzando social y tecnológicamente, tratando de perjudicar a las personas lo menos posible. Solo de esta manera, los seres humanos podrán convivir en armonía con estos seres informatizados, en un futuro no muy lejano.
MARÍA DÍAZ HERNÁNDEZ
UHTHOFF, GÓMEZ VEGA & UHTHOFF, S.C.
ABOGADA EN MATERIA DE DERECHOS DE AUTOR